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La convención de Viena y el exportador

Es un Tratado Internacional que reconoce los contrastes de la Convención para el tráfico comercial de productos de oro, plata y platino en los países que forman parte de este Tratado.

Si un cliente de un país miembro solicita al exportador español que coloque en las piezas que le va a suministrar el contraste con alguno de los diseños de la Convención de Viena, el exportador español debe saber que no sólo es ilegal sino que estaría falsificando una marca de garantía de Estado.

Esta Asociación ha tenido que intervenir, en algunas ocasiones, para esgrimir la buena fe del exportador cuando había pruebas suficientes de que desconocía este Tratado. No significa que el importador obrara de mala fe sino que puede darse el caso de que desconozca que España no forma parte de la Convención de Viena. Pero la realidad es que las consecuencias jurídicas son muy graves, por ello es importante que el exportador esté informado.

En la subsección de Metales Preciosos tiene información suficiente sobre la Convención de Viena y el motivo de que la A.E.J.P.R. se haya posicionado en contra de la entrada de España en este Tratado Internacional.

 

 
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