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Compra de joyería de empresas a particulares

Este informe está fragmentado, el completo está sólo a disposición de los asociados.

 

Requisitos, normativa específica y sentencia del supremo para la constitución y ejercicio de la actividad comercial al menor de compraventa de joyería

En términos generales podemos establecer tres espacios normativos a considerar:

1º.- La específica sobre los requisitos relativos al comercio de objetos usados con metales preciosos y su reciclaje, regulada en el Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos.

2º.- Régimen tributario, tipo de alta en el IAE y e interpretación de Hacienda sobre la regulación fiscal, sujeción al ITP, regulada en:

a) Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.

b) Real Decreto Legislativo 1/ 1993, de 24 de septiembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

c) Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

3º.- Sentencia del Tribunal Supremo que establece la interpretación contraria a la sostenida por Hacienda. Que no hay sujeción al ITP

 

Primero.- En relación a los requisitos relativos al comercio de objetos usados con metales preciosos y su reciclaje, regulada en el Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos:

Conforme al (continúa…)

o del Parte o listado informático de la operación respectiva, y en ningún caso podrán disponer de dichos objetos, dentro de dicho plazo, salvo que la dependencia policial correspondiente permita expresamente la disponibilidad de las piezas, por estar acreditada y comprobada la procedencia legítima de las mismas. (continúa…)

 

Segundo.- En relación al régimen tributario, cabe destacar lo siguiente:
Respecto al Alta en el IAE. (continúa…)

Interpretación de Hacienda sobre la regulación fiscal, sujeción al ITP

A continuación, la A.E.J.P.R. desarrolla el régimen tributario sobre la sujeción al ITP porque aunque el Supremo mantiene (continúa…)

Tercero.- Sentencia del Tribunal Supremo que establece la interpretación contraria a la sostenida por Hacienda. Que no hay sujeción al ITP

Se pronuncia en contra de (continúa…)

La Sentencia: (continúa…)

 

 
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